La inserción laboral de las personas con discapacidad
Las empresas públicas o privadas con una plantilla superior a 50 trabajadores tienen la obligación de contratar a personas con discapacidad, que deben ser como mínimo el 2% de la plantilla. Así lo establece la Ley de Integración Social del Minusválido 13/1982 (LISMI).
Sin embargo, el incumplimiento de la ley provocó que en el año 2000 se tuvieran que aprobar medidas alternativas que también se han demostrado insuficientes.
Por todo ello, además de denunciar el incumplimiento reiterado de las medidas legales establecidas para crear empleo, deberíamos preguntarnos: qué medidas de discriminación positiva están a nuestro alcance para obtener mejores resultados en la inserción laboral de las personas con discapacidad.
En este sentido, el Real Decreto Legislativo 1/2013, que refunda la ley de 1982, establece medidas que dan apoyo a la actividad profesional de las personas con discapacidad.