Las empresas públicas o privadas con una plantilla superior a 50 trabajadores tienen la obligación de contratar a personas con discapacidad, que deben ser como mínimo el 2% de la plantilla. Así lo establece la Ley de Integración Social del Minusválido 13/1982 (LISMI).
Sin embargo, el incumplimiento de la ley provocó que en el año 2000 se tuvieran que aprobar medidas alternativas que también se han demostrado insuficientes.