Las barreras que se encuentra una persona con discapacidad para poder votar

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El 13 de diciembre de 2006 se aprobó la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. 25 de los 28 países de la Unión Europea ratificaron la convención y, en España, desde el 3 de mayo de 2008 es una norma obligatoria en todo el país. De acuerdo con la Convención, lo países firmantes se comprometen a garantizar la participación en política de las personas con discapacidad, entre otras.

En Europa, según el estudio “The right to political participation of persons with disabilities”, 51% de las personas con discapacidad se declaran interesadas en la política, un 3% más que la población en general (48%) y se manifiestan y acuden más a menudo a las instituciones para defender sus derechos, informar de sus necesidades y denunciar las barreras cotidianas con las que se encuentran.

Sin embargo, aunque se ha progresado más o menos dependiendo del país, aún existen barreras legales, estructurales y administrativas que impiden que las personas con discapacidad participen en política en condiciones de igualdad.

En materia legal persisten algunos obstáculos jurídicos y restricciones al derecho al voto. Por ejemplo, en España la normativa electoral estatal deniega el derecho a votar y a ser escogidas en un proceso electoral a aquellas personas que hayan sido declaradas incapacitadas por una sentencia judicial (ver artículo 3). En consecuencia, en las pasadas elecciones generales del 26 de junio de 2016, 96.418 españoles no pudieron ejercer su derecho a voto. Para reformar la ley, el Comité Español de Representantes de las Personas con Discapacidad(CERMI) presentó a principios de 2017 una iniciativa para hacer efectivo el voto de este colectivo. A la iniciativa ya se han sumado instituciones como el Ayuntamiento de Barcelona.

También se crean barreras a la práctica política debido a diversos factores, entre otros, los incumplimientos de la legislación en materia de accesibilidad a los colegios electorales o que algunos programas electorales y sitios web con información electoral son inaccesibles para personas con discapacidad sensorial o intelectual. En esta misma línea, otra barrera es la falta de contenidos de lectura fácil, es decir, contenidos resumidos y realizados con lenguaje sencillo y claro de forma que puedan ser entendidos por personas con discapacidad cognitiva o intelectual.

Según el estudio “The right to political participation of persons with disabilities”de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la UE, la mayoría de los países de la UE han adoptado estándares de accesibilidad para la construcción y renovación de edificios públicos, pero sólo la mitad aplican estos estándares a los colegios electorales.

Estas barreras impiden a las personas con discapacidad ejercer sus derechos en las mismas condiciones de igualdad que el resto de la ciudadanía y les hurtan la oportunidad de influir en el desarrollo y ejecución de las leyes y políticas que conforman su vida diaria.